Daños, averías y faltantes en carga marítima en Ecuador: gu
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MarítimoComercio Exterior12 de mayo de 2026 · CONVEMAR · Cód. Comercio

Daños, averías y faltantes en carga marítima en Ecuador: guía completa para reclamar

Categoría: Derecho Marítimo

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Equipo Editorial · Juristam Contenido elaborado con base en el Código de Comercio del Ecuador, Ley de Compañías, normativa SENAE, Convenio de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), Convenio SOLAS, MARPOL, Reglas de La Haya-Visby, Reglas de Rotterdam y práctica legal marítima en Ecuador.

¿Tienes un caso de derecho marítimo en Ecuador?El derecho marítimo tiene plazos cortos y normativa internacional específica. Cuéntanos tu caso ahora.

Cuando tu mercancía llega dañada, húmeda o con faltantes, tienes derecho a reclamar. Pero los plazos son de horas o días. Esta guía explica el proceso completo para no perder tus derechos.

Ecuador importa miles de contenedores al mes por el Puerto de Guayaquil, Manta y otros puertos. Una parte significativa de esa carga llega con algún tipo de problema. El importador que no actúa rápido y correctamente pierde el derecho a reclamar — las navieras lo saben y cuentan con eso.

Los tres problemas más frecuentes en carga marítima

Los plazos — lo más crítico

⚠ Plazos de caducidad — una vez vencidos no hay recurso
Tipo de dañoReserva escritaAcción judicial
Daño aparenteAl momento de la entrega1 año desde entrega
Daño oculto3 días desde la entrega1 año desde entrega
FaltanteAl momento de la entrega1 año desde entrega

Proceso de reclamación paso a paso

  1. Documentar el daño al recibir: fotos, video, anotaciones en el documento de entrega del terminal. Sin documentación en ese momento, la reclamación pierde fuerza.
  2. Reserva escrita ante la naviera o agente: notificación formal del daño. Para daños ocultos, máximo 3 días.
  3. Survey de daños: perito marítimo independiente que documenta causa, estado y valor del daño. Es el documento central de la reclamación.
  4. Reclamación formal: carta con informe del surveyor, BL, facturas y documentación completa.
  5. Negociación o acción judicial dentro del plazo de un año.

Las cláusulas de limitación de responsabilidad de las navieras

Las navieras limitan su responsabilidad a valores calculados en DEG por bulto o kilogramo. Esas limitaciones pueden impugnarse cuando el daño se produjo por culpa grave o dolo. Escíbenos para analizar si en tu caso la limitación puede combatirse.

El seguro de carga: tu primera línea de defensa

Si la mercancía estaba asegurada, activa el seguro primero. La aseguradora paga y luego ejerce la acción contra la naviera. Ver: seguros marítimos en Ecuador. Si el seguro rechaza: qué hacer cuando la aseguradora rechaza el siniestro.

💡 El primer error en derecho marítimo es esperar

Los plazos para reclamar son cortos y en muchos casos son de caducidad. Las navieras y aseguradoras cuentan con que no actúes a tiempo. Escíbenos hoy — primer contacto sin costo.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar si la mercancía llegó dañada?

Para daños aparentes hay que hacer la reserva al recibir. Para ocultos, 3 días. Acción judicial: 1 año. No esperes. Escíbenos: 0994859814.

¿Qué hago si ya recibió la mercancía dañada pero no hice ninguna reserva?

Todavía puede haber opciones, pero el caso se complica. Escíbenos urgente con todos los detalles: 0994859814.

¿Cuánto cobra Juristam por una reclamación de daños en carga?

Asesoría inicial $45. Caso completo desde $1.500 más % del monto recuperado. Escíbenos: 0994859814.