Contratos de transporte marítimo en Ecuador
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MarítimoComercio Exterior12 de mayo de 2026 · CONVEMAR · Cód. Comercio

Contratos de transporte marítimo en Ecuador: BL, fletamento y derechos del cargador

Categoría: Derecho Marítimo

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Equipo Editorial · Juristam Contenido elaborado con base en el Código de Comercio del Ecuador, Ley de Compañías, normativa SENAE, Convenio de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), Convenio SOLAS, MARPOL, Reglas de La Haya-Visby, Reglas de Rotterdam y práctica legal marítima en Ecuador.

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El Bill of Lading es el contrato central del transporte marítimo. Sus cláusulas determinan tus derechos cuando algo sale mal. Esta guía explica los contratos de transporte marítimo que más afectan a importadores y exportadores en Ecuador.

El contrato de transporte marítimo es el acuerdo legal que regula el traslado de mercancías desde el puerto de origen hasta el puerto de destino. Hay dos instrumentos principales: el Bill of Lading (BL) para cargas generales en contenedor y el contrato de fletamento para cargas a granel o completas. Entender sus condiciones es fundamental para saber qué derechos tienes cuando hay un problema.

El Bill of Lading (BL): el documento más importante del comercio marítimo

El BL tiene tres funciones simultáneas: es el recibo de la mercancía (la naviera confirma que recibió la carga en las condiciones declaradas), es el contrato de transporte (establece las condiciones del servicio), y es un título valor negociable (permite transferir la propiedad de la mercancía en tránsito). Ver los tipos de BL y sus diferencias: tipos de Bill of Lading en Ecuador.

Las cláusulas del BL que más te afectan

  • Cláusula de responsabilidad limitada: limita el monto que pagará la naviera por daños o pérdidas. Es impugnable en ciertos casos.
  • Cláusula de arbitraje: establece dónde y cómo se resuelven las disputas. Muchas navieras establecen arbitraje en Nueva York o Londres, lo que complica y encarece las reclamaciones para importadores ecuatorianos.
  • Cláusula de jurisdicción exclusiva: algunos BL establecen que solo los tribunales de un país específico tienen competencia.
  • Free days y demurrage: las condiciones de días libres y cargos por demora.

El contrato de fletamento

El fletamento es el contrato por el cual se arrienda todo o parte del espacio de un buque. Hay dos modalidades principales: fletamento a tiempo (time charter, se arrienda el buque por un período) y fletamento por viaje (voyage charter, se arrienda para un viaje específico). Ver en detalle: contrato de fletamento en Ecuador y charter party: qué es y cómo proteger tus intereses.

BL vs Sea Waybill: cuándo usar cada uno

El Sea Waybill es una alternativa al BL que no es negociable: identifica al consignatario y la mercancía se entrega a quien esté nombrado en el documento sin necesidad de presentar el original. Es más ágil pero elimina la negociabilidad. Ver: BL vs Sea Waybill en Ecuador.

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Preguntas frecuentes

¿Si el BL tiene una cláusula de arbitraje en Nueva York puedo reclamar en Ecuador?

Depende de la cláusula específica y de la normativa aplicable. En algunos casos las cláusulas de arbitraje extranjero son impugnables ante los tribunales ecuatorianos. Escíbenos: 0994859814.

¿La naviera puede modificar las condiciones del BL después de emitido?

No unilateralmente. El BL es un documento que refleja el acuerdo entre las partes. Cualquier modificación requiere consentimiento. Escíbenos: 0994859814.

¿Si el BL dice que la mercancía se recibió en buen estado y llegó dañada, qué hago?

Esa discrepancia es el fundamento de tu reclamación. La naviera debe responder por el daño producido bajo su custodia. Escíbenos: 0994859814.