Qué cubre el seguro de carga marítima en Ecuador: guía comp
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MarítimoComercio Exterior12 de mayo de 2026 · CONVEMAR · Cód. Comercio

Qué cubre el seguro de carga marítima en Ecuador: guía completa

Categoría: Derecho Marítimo

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Equipo Editorial · Juristam Contenido elaborado con base en el Código de Comercio del Ecuador, Ley de Compañías, normativa SENAE, Convenio de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), Convenio SOLAS, MARPOL, Reglas de La Haya-Visby, Reglas de Rotterdam y práctica legal marítima en Ecuador.

¿Tienes un caso de derecho marítimo en Ecuador?El derecho marítimo tiene plazos cortos y normativa internacional específica. Cuéntanos tu caso ahora.

Entender qué cubre y qué no cubre tu seguro de carga marítima antes de que ocurra el siniestro es fundamental. Las exclusiones son tan importantes como las coberturas.

El error más frecuente con el seguro de carga marítima es no leer las exclusiones hasta que ocurre el siniestro. Para entonces ya es tarde. Esta guía explica con precisión qué cubre cada tipo de póliza y qué situaciones están excluidas.

Lo que cubre ICC A (todo riesgo)

ICC A cubre cualquier pérdida o daño a la mercancía salvo las exclusiones expresas. Los riesgos cubiertos incluyen: daños físicos durante el transporte, naufragio, encallamiento, incendio o explosión, colisión o contacto del buque con un objeto externo, descarga de la carga en puerto de refugio, avería gruesa y contribución en avería gruesa, costos de rescate, y pérdida por robo en ciertas condiciones.

Lo que excluye ICC A (y no está cubierto en ninguna ICC)

  • Vicio propio de la mercancía: deterioro natural del producto (fruta que madura, metal que se oxida sin causa externa)
  • Embalaje inadecuado: si el embalaje no era adecuado para el tipo de transporte
  • Pérdida ordinaria de peso o volumen: mermas normales del producto
  • Demoras: el seguro no cubre las pérdidas causadas por demoras en el transporte (incluyendo demurrage)
  • Actos de guerra: salvo que se haya contratado cobertura adicional de guerra
  • Incumplimiento intencional del asegurado

Coberturas adicionales opcionales

  • Cobertura de guerra marítima (Institute War Clauses)
  • Cobertura de huelgas, motines y alteraciones civiles (Institute Strike Clauses)
  • Cobertura de refrigeración (para contenedores reefer)
💡 El primer error en derecho marítimo es esperar

Los plazos para reclamar son cortos y en muchos casos son de caducidad. Las navieras y aseguradoras cuentan con que no actúes a tiempo. Escíbenos hoy — primer contacto sin costo.

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Preguntas frecuentes

¿ICC A cubre el robo total del contenedor?

Sí, en condiciones normales. Pero hay requisitos sobre cómo reportar el robo y los plazos. Escíbenos: 0994859814.

¿Si la mercancía se dañó porque la empresa de transporte terrestre en Ecuador la golpeó, está cubierta?

Depende de si la póliza cubre puerta a puerta o solo el segmento marítimo. Revisa las condiciones de tu póliza. Escíbenos: 0994859814.

¿Si el embalaje era estándar para ese tipo de mercancía, la aseguradora puede rechazar alegando embalaje inadecuado?

Puede intentarlo, pero si el embalaje cumplía los estándares de la industria ese rechazo es impugnable. Escíbenos: 0994859814.