Cláusulas ICC A, B y C en Ecuador: qué cubren y cuál te con
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MarítimoComercio Exterior12 de mayo de 2026 · CONVEMAR · Cód. Comercio

Cláusulas ICC A, B y C en Ecuador: qué cubren y cuál te conviene

Categoría: Derecho Marítimo

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Equipo Editorial · Juristam Contenido elaborado con base en el Código de Comercio del Ecuador, Ley de Compañías, normativa SENAE, Convenio de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), Convenio SOLAS, MARPOL, Reglas de La Haya-Visby, Reglas de Rotterdam y práctica legal marítima en Ecuador.

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ICC A, B y C son los tres niveles de cobertura del seguro de carga marítima. La diferencia entre ellas puede ser la diferencia entre recuperar o no el valor de tu mercancía cuando algo sale mal.

Cuando contratas un seguro de carga marítima en Ecuador, la primera decisión es el tipo de cobertura: ICC A, B o C. Son las cláusulas del London Institute of Underwriters que definen qué riesgos están cubiertos. Esta guía explica las diferencias con ejemplos concretos.

ICC A: cobertura "todo riesgo"

ICC A cubre cualquier pérdida o daño a la mercancía salvo las exclusiones expresas de la póliza. En la práctica cubre: daños físicos de cualquier causa, naufragio, incendio, robo, avería gruesa, costos de rescate y salvamento, y muchos otros riesgos. Es la cobertura más amplia y la recomendada para la mayoría de importaciones.

ICC B: cobertura específica amplia

ICC B cubre riesgos específicos: terremoto, rayo, naufragio, varada, encallamiento, incendio o explosión, descarga en puerto de refugio, averíía gruesa, colisión del buque. No cubre robo ni daños físicos de causas no incluidas en la lista.

ICC C: cobertura básica

ICC C solo cubre las pérdidas más graves: naufragio o varada del buque, incendio o explosión, colisión del buque, averíía gruesa. Es la cobertura mínima y sólo adecuada para mercancías muy resistentes o de muy bajo valor.

Comparación práctica

RiesgoICC AICC BICC C
Carga húmeda por contenedor defectuosoDepende
Robo durante el transporte
Avería gruesa
Naufragio del buque
Daño por mala manipulación en el muelle
💡 El primer error en derecho marítimo es esperar

Los plazos para reclamar son cortos y en muchos casos son de caducidad. Las navieras y aseguradoras cuentan con que no actúes a tiempo. Escíbenos hoy — primer contacto sin costo.

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Preguntas frecuentes

¿ICC A es mucho más cara que ICC C?

La prima es mayor para ICC A, pero la diferencia suele ser pequeña comparada con el mayoría protección que ofrece. Para la mayoría de mercancías ICC A es la elección correcta. Escíbenos: 0994859814.

¿ICC A cubre si el daño fue causado por el mal empaque del exportador?

No. El embalaje inadecuado es una exclusión en todas las ICC. Escíbenos: 0994859814.

¿Puedo cambiar de ICC B a ICC A después de que el buque ya zarpó?

No. La cobertura se contrata antes del embarque. Una vez que el transporte está en curso no puede modificarse. Escíbenos: 0994859814.