Daño a la mercancía en el muelle en Ecuador: quén responde
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MarítimoComercio Exterior12 de mayo de 2026 · CONVEMAR · Cód. Comercio

Daño a la mercancía en el muelle en Ecuador: quén responde y cómo reclamar

Categoría: Derecho Marítimo

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Equipo Editorial · Juristam Contenido elaborado con base en el Código de Comercio del Ecuador, Ley de Compañías, normativa SENAE, Convenio de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), Convenio SOLAS, MARPOL, Reglas de La Haya-Visby, Reglas de Rotterdam y práctica legal marítima en Ecuador.

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Si la mercancía se dañó durante las operaciones de carga, descarga o almacenamiento en el muelle, hay responsabilidad específica del operador que estaba a cargo en ese momento.

El muelle — el área donde se realizan las operaciones de carga y descarga — es uno de los puntos donde más daños ocurren a la mercancía en el comercio exterior. Un golpe de la grúa, una maniobra de montacargas incorrecta, lluvia durante la descarga o una apilamiento inadecuado pueden dañar seriamente la carga. Identificar quién estaba a cargo en ese momento determina contra quién reclamar.

Los momentos críticos en el muelle

  • Durante la descarga del buque (gang de descarga): el operador portuario que realiza la descarga es responsable
  • Durante el traslado desde el costado del buque al patio del terminal: el terminal o el operador de equipos es responsable
  • Durante el almacenamiento en el patio del terminal: el concesionario del terminal es responsable
  • Durante la carga en el camión del importador: si el importador ya tiene el control, la responsabilidad cambia

La importancia de la documentación momentánea

⚠ Documenta el daño antes de mover el contenedor
Si el daño es visible en el momento de recibir, documenta en el documento de entrega. Si el contenedor ya salió del puerto sin documentar el daño, probar que ocurrió en el puerto es más difícil.

Pasos para reclamar

  1. Anotar el daño visible en el documento de entrega del terminal al momento de recibir
  2. Fotos y video inmediatos
  3. Survey de daños, preferiblemente dentro del recinto portuario o justo después del retiro
  4. Identificar quién tenía la custodia en el momento del daño
  5. Reclamación formal al responsable con documentación completa
💡 El primer error en derecho marítimo es esperar

Los plazos para reclamar son cortos y en muchos casos son de caducidad. Las navieras y aseguradoras cuentan con que no actúes a tiempo. Escíbenos hoy — primer contacto sin costo.

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Preguntas frecuentes

¿Si el daño ocurrió pero no sé exactamente en qué etapa, qué hago?

Es habitual no poder identificarlo con exactitud. La estrategia es reclamar a todos los actores que tuvieron la custodia y dejar que sean ellos quienes demuestren que el daño no ocurrió bajo su cargo. Escíbenos: 0994859814.

¿El seguro de carga cubre los daños en el muelle?

Depende de si la póliza cubre puerta a puerta o solo el trayecto marítimo. Muchas pólizas ICC cubren también las operaciones en el puerto de destino. Escíbenos: 0994859814.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar daños en el muelle?

Los plazos varían según el responsable (naviera: 1 año; terminal: según contrato y ley general). Escíbenos lo antes posible: 0994859814.