Errores comunes de emprendedores con marcas y propiedad
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CorporativoEmpresas12 de mayo de 2026 · Ley de Compañías

Errores de propiedad intelectual que cometen los emprendedores en Ecuador y cómo evitarlos

Categoría: Corporativo

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Equipo Editorial · Juristam Contenido elaborado con base en la Ley de Compañías del Ecuador, Código de Comercio, normativa societaria ecuatoriana, doctrina corporativa y práctica legal empresarial en Ecuador.

¿Tienes dudas sobre tu empresa?Cuéntanos la situación y la evaluamos.

La mayoría de los emprendedores en Ecuador no piensan en la propiedad intelectual hasta que alguien usa su nombre o les llega una carta de cese de otro. Para entonces, algunas oportunidades de protección ya se perdieron.

Los errores más frecuentes

  • Operar sin marca registrada: el error más común. El negocio crece, acumula reputación, y cuando decide registrar la marca ya existe una similar registrada por otro.
  • Confundir el nombre de la empresa con la marca: la razón social de la empresa inscrita en el Registro Mercantil no equivale a una marca registrada. Son protecciones distintas.
  • No registrar el logo por separado: la marca word y la marca mixta (logo + texto) son registros distintos. Registrar solo el texto deja sin protección el diseño.
  • Registrar en las clases incorrectas: protege contra la competencia directa pero no contra el uso del nombre en actividades relacionadas.
  • No renovar el registro: las marcas tienen una vigencia de 10 años y deben renovarse. Un registro vencido pierde su protección.
  • Ceder derechos a un diseñador sin contrato: el logo diseñado por un externo puede pertenecer al diseñador si no hay un contrato que transfiera la propiedad.
Protección de propiedad intelectual en Juristam

Diseñamos la estrategia de protección de propiedad intelectual del emprendimiento: qué registrar, en qué clases, qué contratos con diseñadores y colaboradores son necesarios y cómo mantener la protección vigente.

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Preguntas frecuentes

¿Mi logo diseñado por un freelancer me pertenece automáticamente?

No necesariamente. Bajo la ley ecuatoriana, los derechos de autor de una obra pertenecen al creador salvo que exista un contrato que los transfiera expresamente. Un contrato de diseño sin cláusula de cesión de derechos puede dejar la propiedad del logo en manos del diseñador. En Juristam revisamos y corregimos esa situación — 0994859814.